Lima, 21 Octubre 2005 N° 163

 

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OIT PIDE AL GOBIERNO PERUANO GARANTIZAR LIBERTAD SINDICAL PARA TRABAJADORES DE ESTADOUNIDENSE PETROTECH


Petro - Tech Peruana S.A. es filial de la estadounidense Petro Tech
International, que posee el 100% de sus acciones, y cuya sede es
Houston, Texas. Opera en nuestro país desde 1993, dedicándose a la
exploración, extracción y producción de petróleo y gas. Actualmente
tiene las concesiones del Lote Z-2B (Piura), Lote Z-6 (Piura) y Lote
Z-33 (Ica).

 

El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), emitió recientemente un informe donde pide que el gobierno peruano “vele por que los trabajadores de la empresa PetroTech Peruana S.A., no sufran presiones o amenazas como consecuencia de su afiliación sindical”.

Es pertinente mencionar que el Perú ha suscrito los Convenios Internacionales de Trabajo 87º y 98º y por lo tanto tiene la obligación de respetar y velar por el respeto de los derechos fundamentales a la Libertad Sindical, Negociación Colectiva y Huelga.

Este pedido de la OIT al Gobierno Peruano, se origina en la Queja presentada contra las violaciones al derecho de Libertad Sindical cometidos por la empresa PetroTech Peruana S.A.:

Entre dichas violaciones figuran el despido del Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Mar y Tierra de PetroTech Peruana S.A, Leonidas Campos Barranzuela, y de varios trabajadores afiliados, la denuncia penal contra el Secretario General por la supuesta falsificación de firmas y la intimidación a los trabajadores para que se desafilien del sindicato.

Luego de examinar este caso, el Comité de Libertad Sindical, emitió una serie de recomendaciones al Gobierno Peruano, pidiendo velar por el libre ejercicio de la libertad sindical, por parte de los trabajadores en la empresa PetroTech Peruana S.A., en vista de las presiones a que estarían sometidos por la empresa a fin que se desafilien de la organización sindical (Ver Alerta 110).

También pidió al gobierno que vele por el cumplimiento de la sentencia judicial que ordena a la empresa reponer en su puesto de trabajo y sin perdida de salario al Secretario General del Sindicato.

Si bien el dirigente sindical fue repuesto el 23 de septiembre del 2004, luego de una fuerte campaña iniciada a fin que la empresa acate el fallo judicial que ordenaba su reposición (Ver alertas 89, 86, 80 y 41) . aún está pendiente el pago de todas sus remuneraciones devengadas . Cabe precisar que la empresa ha observado la liquidación de devengados presentada, desconociendo arbitrariamente algunos beneficios, como las utilidades que legalmente le corresponden a Leonidas Campos.

Además, la OIT pide al Gobierno Peruano que le mantenga informada respecto al resultado de la investigación penal por la supuesta falsificación de firmas que se le imputa a Leonidas Campos, y destaca que confía en que la investigación culminará rápidamente. (Ver alertas 108 y 112) . Sobre este caso,el Juzgado Penal de Talara emitió sentencia con fecha 24 de agosto de 2005, absolviendo al dirigente de estas acusaciones y disponiendo el archivo definitivo del proceso. Sin embargo, este fallo que fue motivo de apelación, será visto en audiencia el 26 de octubre de 2005 por la Sala Mixta de Sullana .

Finalmente, respecto a los despidos que se habrían producido en perjuicio de varios trabajadores con el fin de debilitar a la organización sindical, el Comité de Libertad Sindical pide al Gobierno que se realice una investigación independiente que determine estos hechos y si es el caso, restituya a estos trabajadores en sus puestos de trabajo. Asimismo, pide que se le mantenga informado sobre este asunto.

Ahora que el Perú discute la firma de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, resulta muy importante saber si las empresas de capitales e inversiones estadounidenses, están respetando las leyes peruanas y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Esperamos que el comportamiento de la empresa PetroTech Peruana no sea tomado como ejemplo por otras empresas estadounidenses que puedan llegar al Perú.

Luego de estas serias recomendaciones hechas por la OIT al Gobierno Peruano, las autoridades deben tomar las medidas necesarias para sancionar severamente a Petrotech Peruana S.A. y evitar así que continúe transgrediendo los derechos fundamentales de los trabajadores peruanos.

 

 



Envien sus cartas expresando su opinión y solidaridad a :

SINDICATO DE TRABAJADORES MAR Y TIERRA DE LA EMPRESA PETROTECH S.A.
Secretario General: Leonidas Campos Barranzuela
Av. A Lote 43 Lateral, Talara, Piura
Teléfono: (51-73) 381499
Fax (51-73) 382303
E-mail: sindpetrotech@plades.org.pe

PETRO-TECH PERUANA S.A.
Gerente General: Sr. William Kallop Moore
Av. Los Incas 460, San Isidro-Lima
Telefono: (51-1) 513-7500
Fax (51-1) 222-4899
E-mail: ptp@petro-tech.com.pe

En Talara:
Av. Jorge Chávez s/n, Negritos -Talara, Perú
Tel (51-73) 88-4000
Fax (51-73) 39-3137


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Ministro: Carlos Almerí
Despacho Ministerial
Av. Salaverry No. 655, Jesús María,
Lima 11, Perú
Central Telefónica (511) 433-2512
Telefax (511) 433-2211
webmaster@mintra.gob.pe

COMISIÓN DE TRABAJO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presidente: Enith Chuquival Saavedra
Plaza Bolivar. Av. Abancay s/n, Lima 1- Perú
E-mail: echuquival@congreso.gob.pe

Vicepresidente: José Luis Risco
Plaza Bolivar. Av. Abancay s/n, Lima 1- Perú
E-mail: jrisco@congreso.gob.pe

 

Copias de esas comunicaciones y los mensajes de solidaridad pueden ser enviados a:

Programa Laboral de Desarrollo (PLADES).
Gral. Córdova 1198, Jesús María, Lima 11.
Teléfonos (511) 471-0188 / (511) 265-9232 /
Fax (511) 471-5642.
E-mail:
jcvargas@plades.org.pe
postmast@plades.org.pe
mochoa@plades.org.pe


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